El monto global del salario mínimo más el bono de alimentación se ubica desde este 15 de marzo en Bs175
Nuevo salario mínimo entra en vigencia desde este 15 de marzo, de acuerdo a la Gaceta Oficial número N°6.691.
En el documento oficial se detalla que el nuevo ingreso mínimo queda establecido en 130 bolívares (equivalentes a $30,3); de acuerdo a la tasa oficial. Según lo anticipado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, el salario mínimo mensual sería de 126 bolívares, que equivalen a poco más de 28 dólares, o medio petro, que es la criptomoneda lanzada por el Gobierno nacional. El sueldo anterior desde mayo de 2021 era de 7 bolívares.
El jefe de Estado venezolano dijo en ese momento que el bono de alimentación que complementa al salario, hoy establecido en tres bolívares (USD 0,68), será de 45 (USD 10).
“Se incrementa el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y privados; sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2° de este Decreto, a partir del 15 de marzo de 2022; estableciéndose la cantidad ciento treinta bolívares sin céntimos (Bs. 130,00) mensuales”, refiere la Gaceta.
El nuevo sueldo mínimo es equivalente a 40,79 dólares tomando como referencia la tasa oficial publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV) este miércoles.
También se conoció el Decreto No 4.653, el cual contempla el aumento del Salario Mínimo Mensual obligatorio así como el monto de Jubilaciones y Pensiones y el Decreto No 4.654, establece el incremento del beneficio del Cestaticket Socialista, establecido en 45 bolívares digitales.
En su Artículo 1°, el decreto señala que se incrementa el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y privados, a partir del 15 de marzo de 2022; estableciéndose la cantidad Bs. 130,00 mensuales.
También indica que el monto de salario diurno por jornada será cancelado con base al salario mínimo mensual a que se refiere este artículo; dividido entre 30 días.
De igual forma; en el Artículo 4°, fija como monto de las pensiones de los jubilados y las jubiladas, los pensionados y las pensionadas de la Administración Pública, el salario mínimo nacional obligatorio establecido en el artículo 1° de este Decreto.